V. DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 15.05.2014 , por el abogado José Israel Arguello Soto, apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil ADRIATICA DE SEGUROS, C.A., contra la sentencia de fecha 17.03.2014, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Parcialmente Con Lugar la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por las Sociedades Mercantiles GRUPO CATALINA, C.A., y BIOTECNICA CATALINA C.A., contra la Sociedad Mercantil ADRIATICA DE SEGUROS C.A.,
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGA.....