Con base a las consideraciones anteriormente expresadas, y al no tratarse de una Demanda laboral, Solicitud de Calificación de Despido, Diferencias de Prestaciones sociales, entre otros, procedimientos de los cuales deben ser admitidos y sustanciados conforme a derecho, susceptibles de transacciones laborales presentadas por las partes, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que la ciudadana KATTY AMARELIS SALERNO MENDOZA, titular de la cédula de identidad No. V.-3.959.049, denominado parte OFERIDA, asistida por el abogado JULIO ALÍ MARTÍNEZ BELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 227.758, y la abogada GABRIELA LONGO VELÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 130.518, en su condición de apoderado judicial de la parte denominada OFERENTE, sociedad mercantil, VENETEL SERVICIOS PUBLICITARIOS, S.A. mediante el.....