Por Fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por la sociedad mercantil CROMOFTAL ADMINISTRADORA DE BIENES RAICES, S.A contra la sociedad mercantil VERMONT RESTAURANT, C.A, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada a entregar a la actora, sin plazo alguno y libre de personas y bienes el local comercial distinguido con el No 6, ubicado en la planta baja del Edificio Caribana, Avenida Paseo Los Ilustres, Urbanización Valle Abajo, Distrito Capital, Frente a la Universidad Central de Venezuela.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.