Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y en concordancia con el articulo 502 del Código Civil, DECLARA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: PARCIALEMNETE CON LUGAR, la rectificación del acta de Defunción Nº 871, Año 2008, de fecha 02-11-2008, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Capital, en tal sentido, (1) donde se lee: "...de estado civil CASADO CON: SOL DEL VALLE RUIZ DE WERNER,...", debe leerse: estado civil Divorciado, según Sentencia de Divorcio de fecha 17/07/1978, emanada del Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Miranda, (2) donde se lee: "...hijo (a) de: KUEHNE WERNER Y DE LIDIA LERMMER...", debe leerse: Que era hijo de KARL WERNER y LIDWINA LEMMER DE WERNER, según certificado de nacimiento apostillado.
SEGUNDO: Of.....