DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 1 SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MODIFICAR la medida cautelar de fianza acordada en fecha 17-01-2008 al imputado IDENTIDAD OMITIDA, en cuanto al número de fiadores y al numero de unidades tributarias, a saber de Dos (2) FIADORES QUE DEVENGUEN UN SUELDO MINIMO CADA UNO, de conformidad con lo establecido en el artículo 257 en concordancia con el artículo 264 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia SE DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Abg. JOSE RAUL FLORES, en su carácter de Defensor Público 17º, del imputado IDENTIDAD OMITIDA.
Regístrese, Diarícese y notifíquese la presente decisión.
LA JUEZ,
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