Dispositivo:
En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la demanda interpuesta por: JOSÉ BENITO CRUZ, JOSÉ DUARTE CUBEROS, YORAICCY MARTINEZ MUÑOZ, BEATRIZ TERÁN CHACÓN, CARMEN CECILIA JAIMES de MUJICA y RENNY QUIROZ CORREA, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: 9.467.331, 12.518.919, 10.158.290, 11.106.710, 14.217.218 y 14.605.722, respectivamente; contra la entidad de trabajo, SERVICIO AUTÓNOMO DE ELABORACIONES FARMACEÚTICAS (SEFAR), Órgano desconcentrado, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud, creado por Decreto N° 3.061 del 08 de julio de 1993, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, N° 35.263, del 29 de julio de 1993; reformado posterio.....