Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 23 de marzo de 2011, por la abogada VERÓNICA MERINO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de marzo de 2011, con motivo de la incidencia surgida en el juicio incoado por la ciudadana YURAIMA RODRÍGUEZ en contra de las sociedades mercantiles COTÉCNICA CHACAO, C.A., COTÉCNICA, C.A., COTÉCNICA CARACAS, C.A., COTÉCNICA LA BONANZA, C.A. e INVERSIONES COTÉCNICA, C.A. SEGUNDO: SE CONFIRMA la s.....