DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada el 22 de septiembre de 2016, en la presente demanda de contenido patrimonial, por la parte actora, INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA (INFRAMIR), mediante su apoderado judicial, ciudadano Luís Leonardo Cárdenas Maiquetía, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.949.253, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.833, parte actora en la presente causa y el abogado Amos Alfonso Martínez, titular de la cedula de identidad Nº V.-16.462.761, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.162, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil SEGUROS LOS ANDES, C.A., ello con fundamento en la motiva del presente fallo.