Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR: LAFALTA DECUALIDAD alegada por la demandada.- SEGUNDA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano CRISTIAN DELFIN GARCIA MEDINA, contra la demandada GARAJE CENTRO TAQUIÑO CARABOBO S.R.L., y consecuencialmente, se condena a esta última a cancelar al actor las cantidades que resulte del pago de los siguientes conceptos: 1) Antigüedad, 2) Intereses, 3) Vacaciones desde 2000 hasta 2006, 4) Bono vacacional desde 2000 hasta el 2006, 5) Utilidades desde el año de 2000 hasta el año 2006, 6) Cambio de sistema de prestaciones (art. 665, 666 y 667 de la Ley Orgánica del Trabajo) y 7) Salarios trabajados y no pagados, con el salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional para las fech.....