Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana LISBETH CAROLINA MILANO CALDERON, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-22.766.469,ya identificada; contra el ciudadano SOIMER ALBERTO TERAN DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.658.355, plenamente identificados en autos; a tal efecto, este Órgano Jurisdiccional dispone:
PRIMERO: Se establece como quantum de manutención mensual, a cancelar por el progenitor, ciudadano SOIMER ALBERTO TERAN DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.658.355.....