-PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en la causa, ciudadana MORELIA JOSEFINA BRITO, ya plenamente identificado en el presente fallo.
-SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la pretensión que por DESALOJO, incoara la ciudadana MARIA AUXILIADORA PACHECO HERNANDEZ, en contra de la ciudadana MORELIA JOSEFINA BRITO, ambas partes plenamente identificadas.
-TERCERO: Como consecuencia del particular anterior, se condena a la parte demandada, ciudadana MORELIA JOSEFINA BRITO, al Desalojo del bien inmueble objeto en litigio, debiendo ésta realizar la Entrega Material, real y efectiva, a la parte actora y/o sus apoderados judiciales constituidos en autos, del bien inmueble constituido por: Un (01) anexo destinado a vivienda identificado con la letra y número "A-3", ubicado en el nivel sótano, que forma parte integrante de un lote de terreno y las bienhechurías sobre él construídas, conformada por una edificación identificada como "Quinta Merchi", ubicada en el Parcelamiento Turu.....