PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANGEL DANIEL PLATA PRADA e INES MARIA SOSA VALERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad No. V-9.182.670 y V-10.894.333, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 03 de junio de 1985, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, según consta en acta Nº 84.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, conforme lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos respectivos por la parte interesada. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en .....