En tal sentido, a los fines de admitir la presente solicitud, el Tribunal Observa lo siguiente:
Que en el Poder otorgado ante la Notaria Pública Cuadragésima Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 21/02/2.013, bajo el Nº 04, Tomo 15, al Abogado DANIEL BUVAT DE LA ROSA, IPSA Nº 34.421, el cual corre inserto a los folios (6 al 10), en copia simple, y no se le faculta para disponer de los bienes de su porderdante y tramitar esta solicitud, y en lo que respecta al poder otorgado a la Abogada MARIA DIONICIA TORRES, IPSA Nº 25.351, ante la Notaria Publica Tercera del Municipio Libertador, en fecha 12/07/2013, bajo el Nº 02, Tomo 178, el cual corre inserto en original a los folios (13 al 17), el mismo fue otorgado por el ciudadano MIGUEL BENITO BLANCO, titular de la cedula de identidad Nº 3.887.274, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil AMERIFAX DE VENEZUELA, C.A., tal y como se evidencia del encabezado del poder cuando se señala textualmente lo sig.....