Por las razones expuestas este juzgador considera que las facturas acompañadas, "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J", "K", "L", "LL", "M", "N", "Ñ", no se encuentran aceptadas, en cuya virtud habiendo la parte demandada escogido el procedimiento intimatorio para el tramite de la demanda propuesta, previsto en los artículos 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal NIEGA la admisión de misma, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2 del artículo 643 ejusdem, por no haberse acompañado con el libelo prueba escrita del derecho que se alega, en las condiciones que lo exige el artículo 644 ibidem.