precedentemente expuesto, se HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE PAGO, realizado en ejecución de sentencia, en fecha 16 de noviembre de 2016, por el ciudadano IBRAIN ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo lo 105.592, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada COMPAÑÍA ANONIMA CENTRO MEDICO LOIRA inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 59, Tomo 143-A; en fecha 09 de diciembre de 1977, teniendo una ultima modificación en el mismo Registro Mercantil en fecha 17 de mayo de 2007 bajo el N° 46 tomo 90-A Sgdo, y el ciudadano IVAN PEREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 60.011, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano LENIS ALBERTO QUINTANA NAGUANAGUA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 15.835.131, a tenor de lo previsto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente al proceso labor.....