V.- DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 15 de julio de 2015 (f.114), por las ciudadanas NINA YELITZA PINO CISNEROS y NINOSKA YLEANA PINO CISNEROS, asistidas por la abogada LEOCARINA MARQUEZ TEJADA, Defensora Pública Provisoria Quinta con Competencia en Materia Civil, Administrativo, Especial, Inquilinaria y para la Defensa de Derecho de Vivienda, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 173.919, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 06 de Julio de 2015, proferida por el Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró: SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO intentaron la.....