"...En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARO EMBARGADO EJECUTIVAMENTE de conformidad con lo establecido en el artículo 593 del Código de Procedimiento Civil, el crédito derivado de los derechos económicos por la comunicación pública de fonogramas (derechos conexos) comprendidos desde el primer semestre del 2008 hasta la fecha, que a su favor tiene la parte demandada HANY ELIAS KHAWAM RABAT, titular de la cédula de identidad número 15.635.356, en la Asociación Venezolana de Intérpretes y Productores de Fonogramas, correspondiente a la cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (11.576,68 Bs.). y se Puso en posesión de la Depositaria Judicial designada La GENERAL DE DEPOSITOS, C.A, en la persona de su representante ciudadano JESUS MELENDEZ, supra identificado, quien aceptó conforme. Asimismo, se instruyo al notificado a emitir cheque .....