este Tribunal considera satisfechos los extremos contemplados en el ordinal 7º del artículo 599 del Código Adjetivo Civil, razón por la cual en conformidad con la norma antes referida en concordancia con el artículo 585 ambos del Código Adjetivo Civil, DECRETA medida preventiva de secuestro sobre el inmueble identificado como un apartamento ubicado en la Avenida Los Carmenes, Edificio San Antonio, Piso 2, Apartamento, Urbanización Los Castaños, el Cementerio, Parroquia Santa Rosalía, ciudad de Caracas, Distrito Capital,. A los fines de la práctica de la medida decretada se exhorta al Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, distribuidor de turno, y remitirlo en anexo a oficio que se ha de librar a tal efecto. A los fines de la designación de depositaria Judicial y perito Avaluador, se le faculta amplio y suficientemente para ello, así como para tomarles el juramento de Ley.