DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano GILBERTO RAMON ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.196.157. En consecuencia, se nombra con el carácter de TUTOR INTERINO del mencionado ciudadano, a su hermana, ciudadana Luisa Matilde Roa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.806.909 y Protutor y Suplente del Protutor a los ciudadanos Jean Carlos Labrador Roa y Mayerly Ferrer Brito. Para componer el Consejo de Tutela se designan a los ciudadanos Carmen Consuelo de Romero, Cipriano Antonio Jiménez, Zoila Coromoto Brito Ferrer y Aeropagica Castillo, a quienes se ordena citar para que comparezcan al segundo (2º) día de despacho siguiente después que conste en autos su citación, a las once de la mañana (11:00 a.m.) para que manifiesten su aceptación al cargo o se excusen del mismo y en el primero de los casos presten el juramento de ley. Se ordena seguir formalmente el presente juicio de interdicción por los trámites del.....