Este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a RATIFICAR la COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL del niño XXXX, en el hogar de la ciudadana YRIS ORNELA ALESSANDRINI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.630.481, domiciliada en: "Avenida Las Palmas Callejón San Camilo, Residencias Taparitas, piso 6, apartamento 6-2, Urbanización la Florida, Municipio Bolivariano Libertador, del Distrito Capital", quedando entendido que la misma ejercerá la Responsabilidad de Crianza, conforme a los dispuesto en el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.