Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de acta de defunción, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION Nº: 20 del año 2007, que reposa en los Libros de Registro Civil de Defunciones del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice dejo dos (2) hijos de nombres "....VIKI ALEJANDRA DE PAIXAO MARTINS y ANTONIO DE PAIXAO MARTINS....", debe decir dejo cuatro (4) hijos de nombres de nombres ".....VIKI ALEJANDRA DE PAIXAO MARTINS, ANTONIO DE PAIXAO MARTINS, CRISTIAN ANTONIO DE PAIXAO GALVAN y ANTONIETA DE PAIXAO GALVAN....".