´V.- DECISIÓN. -
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA, en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia dictada en fecha 20 de marzo de 2024, por el 18° Juzgado Civil de Santiago, Republica de Chile, bajo el Rol V-300-2023, y siendo debidamente Apostillada en fecha 28 de abril de 2025, bajo el N° de Apostilla EAC8072521, mediante la cual se declaró la Interdicción Definitiva por causas de Discapacidad Mental y Psíquica del ciudadano ERIC EDUARDO SANDROCK OHACO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad V-9.882.827, y se designó como Curador General, Legitimo y Definitivo al ciudadano WALTER SANDROCK RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.....