En atención a las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos Ana Gabriela López Raidi y Simón Ernesto González Lasseur, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.309.099 y 9.120.472, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Fernando Luis González Lasseur, titular de la cédula de identidad N° V-9.120.339, en el Inpreabogado bajo el N°. 62.223, actuando en su carácter de apoderado judicial de la recurrente, sociedad mercantil "OFICINA TÉCNICA GSL26, C.A." constituida ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 9 de diciembre de 1999, bajo el No. 60, Tomo 96-A-Pro, con domicilio fiscal en la Avenida Venezuela, Torre Clement, Piso 7, Urbanización El Rosal, Munic.....