En consonancia con lo razonado anteriormente, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada por el ciudadano JOHAN VICENTE URBINA UTRERA, debidamente asistido por su apoderado judicial abogado Carlos Eduardo Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.099, y el ciudadano WAGNER VICENT URBINA HERRERA, debidamente asistido por su apoderada judicial abogada Maritza Arvelo Cedillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.676, todos identificados en el encabezamiento de esta decisión, en los términos contenidos en la misma. Finalmente, la transacción realizada en los límites señalados, procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del código civil adjetivo.
Sin costas para nadie.
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