II
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Nº: 702 del año 1984, que reposa en la Oficina de el Registro Civil Parroquia Altagracia, Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital, (antes Jefatura Civil de la Parroquia Altagracia) bajo el folio 352 vto., en fecha 28 de diciembre de 1984, en los siguientes términos: PRIMERO: donde se lee "...natural de San Cristóbal, Estado Táchira, Venezuela...", debe leerse "...natural de El Municipio De Cúcuta, Departamento Norte de Santander República de Colombia ...".
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presen.....