PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada sobre el inmueble de propiedad del ciudadano ALEXIS ALFREDO CASTILLO MIER Y TERAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.251.924, en su carácter de representante legal y fiador solidario y principal, de la sociedad mercantil SERVI CAUCHOS DOBLE A, C.A., el cual se detalla a continuación:
1. "Un apartamento distinguido con la nomenclatura 2-2, situado en el piso dos (2) del edificio RESIDENCIAS VILLASANDINO, ubicado en la ciudad de Caracas, Distrito Libertador, Parroquia San Pedro, Urbanización Santa Mónica, Calle Pedro Emilio Coll, Parcela Nº 2, ficha catastral numero 01-01-18-U01-009-028-013-000-002-022 y con un área total de CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (56,70 Mts2) conformado por una (1) sala comedor, una (1) cocina lavandero, dos (2) baños, una (1) habitación, dos (2) balcones, dos (2) jardineras y ducto de ventilación; cuyos li.....