PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de amparo, en base a lo previsto en el articulo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías ConstitucioPRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de amparo, en base a lo previsto en el articulo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ejercida por el ciudadano JOAQUIN AUGUSTO PERERIRA DE OLIVEIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V- 6.197.061, contra el ciudadano CARLOS AUGUSTO PEREIRA DE OLIVEIRA V-6.283.397
SEGUNDO: NO HAY CONDENA EN COSTAS, por haber temeridad en la presente acción.
nales, ejercida por el ciudadano JOAQUIN AUGUSTO PERERIRA DE OLIVEIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V- 6.197.061, contra el ciudadano CARLOS AUGUSTO PEREIRA DE OLIVEIRA V-6.283.397
SEGUNDO: NO HAY CONDENA EN COSTAS, por haber temeridad en la presente acción.