PRIMERO: IMPROCEDENTE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Abogados OSCAR BORGES, MARIA MACHADO Y DIURKIN BOLIVAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 91.625, 197.893 y 97.465, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano CARLOS JULIO IRAZABAL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular la cédula de identidad N° V-11.413.931, contra presuntas violaciones al orden público por parte del Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, y así se decide.
SEGUNDO: Se ordena al Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, continuar con el trámite de la causa principal, toda vez que de acuerdo al artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantía.....