DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta, y CON LUGAR la demanda intentada por INVERSORA PANORGAN, C.A. contra la ciudadana HEIDY NAILETT CALANCHE de ACUÑA, ambas partes identificadas en autos.- En consecuencia de ello, se declara: Primero: Entregar a la parte actora el inmueble ubicado entre las Esquinas de Pájaro a Curamichate, Edificio "PANORAMA", piso 7, apartamento Nº 27, Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, Caracas, completamente desocupado de bienes y personas y en las mismas condiciones en las cuales fue recibido.
Se imponen las costas a la parte demandada, a tenor de lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.- Así se decide.-
REGISTRESE, PUBLIQUES.....