Esta Juez Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de rectificación de Partida de Nacimiento, en virtud de ello, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el Acta de Nacimiento a nombre del niño XXXX, N° 1843, de fecha 20 de Abril de 2007, de los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Unidad Hospitalaria de Registro Civil de Nacimientos de la Clínica Santa Ana, Municipio Libertador, Distrito Capital. En consecuencia: 1) Donde se identificó erróneamente el número de Cédula de Identidad de la madre del niño, ciudadana DELCY JANETH CASTILLO LINAREZ, con el N° 19.369.482, siendo esto incorrect.....