Ahora bien, conforme los parámetros establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal para el otorgamiento de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Condena, el penado podrá acceder a éstas, según se indica a continuación:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir, DOS (2) AÑOS y SEIS (6) MESES, lapso éste que se encuentra CUMPLIDO por el mencionado penado.-
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando cumpla una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir, TRES (3) AÑOS Y CUATRO (4) MESES, lapso éste que se encuentra CUMPLIDO por el mencionado penado.-
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando cumpla dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, SEIS (6) AÑOS Y OCHO (8) MESES, lapso éste que cumplirá en fecha 21/12/2008.-
CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, SIETE (7) AÑOS Y SEIS (6) MESES, lapso éste que cumplirá en fecha 21/10/2009.-
Igualmente el penado FRANCI.....