Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la SUSPENSIÓN en el estado de ejecución en que se encuentra EL CURSO DEL PROCESO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL tiene intentado el ciudadano DAVID RUIZ CABEZAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-2.984.261; representado en este proceso a través de sus apoderados judiciales ciudadanos JESÚS ARTURO BRACHO y MOISES AMADO, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 25.402 y 31.120, respectivamente; contra la ciudadana MARIANELA NIEVES DE MONTENEGRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-956.235. Sin.....