Decisiones del dia 21/09/2006
N° Expediente :
AP51-S-2006-013209
N° Sentencia :
PJ0242006000372
Fecha: 21/09/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS LILA MARIA ALVARADO FRANCO Y BARTOLOMEO RUGGIERO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-6.931.069 Y V-6.970.794, RESPECTIVAMENTE, (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA)
Resumen:
Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos Ciudadanos LILA MARIA ALVARADO FRANCO y BARTOLOMEO RUGGIERO, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.931.069 y V-6.970.794, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha siete (07) de diciembre de 1989, por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Guaicaipuro, del Estado Miranda, asentada bajo el acta Nº 376 de los Libros de Registro Civil de Actas de Matrimonios llevados por ante ese Despacho, correspondientes al año 1989. En cuanto a la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de.....
Juez/Ponente:
Yumildre Castillo
Organo:
Sala Décimo Quinto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-012671
N° Sentencia :
PJ0292006000342
Fecha: 21/09/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: CJAR Y NTHM, AMBOS VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-7.662.515 Y V-10.379.892, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos CJAR y NTHM, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-7.662.515 y V-10.379.892, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 08 de febrero de 1.992, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1.992, bajo acta Nº 14.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores de la adolescente xxxx; llegaron a un .....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-011947
N° Sentencia :
PJ0292006000344
Fecha: 21/09/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: WJVM Y SYVC, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-11.309.942 Y V-12.684.971, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos WJVM y SYVC, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-11.309.942 y V-12.684.971, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 03 de Diciembre de 1.999, por ante la Registradora Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1.999, bajo acta N° 122.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores del niño xxxx; llegaron a un acuerdo sobre los aspectos relat.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-012641
N° Sentencia :
PJ0292006000340
Fecha: 21/09/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: CEDPG Y EDVPS, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-7.958.101 Y V-7.952.821, RESPECTIVAMENTE
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos CEDPG y EDVPS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-7.958.101 y V-7.952.821, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 22 de julio 1.988, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta de matrimonio fue inserta en los libros de Matrimonio del año 1.988, bajo acta Nº 522.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores de la niña y de la adolescente xxxx; llegaron a un.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2006-012839
N° Sentencia :
PJ0292006000341
Fecha: 21/09/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: CIUDADANOS: LACP Y DTMH, AMBOS VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NOS. V-10.381.470 Y V-11.405.664, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal No. XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos LACP y DTMH, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. V-10.381.470 y V-11.405.664, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 17 de Junio de 1.989, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del actual Distrito Capital, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1.989, bajo acta Nº 148.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, los progenitores de la niña y de la adolescente xx.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente