Decisiones del dia 21/10/2009
N° Expediente :
AP21-L-2009-003849
N° Sentencia :
Fecha: 21/10/2009
Procedimiento: Cobro De Pretaciones Sociales
Partes: PEDRO MIGUEL DE LA ROSA RIVERO VS DISTRIBUIDORA MIL COSITAS, C.A., NOVEDADES MIL COSITAS, C.A., CALZADOS NUEVA MODA 2006, C.A. ANTONIO GREIGE CÉDULA DE IDENTIDAD NºV-9.962.920 Y RUTH CHANG MORALES DE GREIGE CÉDULA DE IDENTIDAD NºV-6.121.118
Resumen:
Por otro lado, si el trabajador oferido acepta la suma ofrecida, la consecuencia jurídica del procedimiento de oferta real no será, como si lo es en materia civil, la liberación del acreedor de la obligación, pues puede el trabajador recibir el monto ofertado, sin que esto se entienda como abandono del derecho que tiene de reclamar posteriormente las diferencias que puedan originarse.", (subrayado y negrillas de este Tribunal).
En consecuencia, como quiera que de la revisión de las actas procesales se observa que el presente asunto vincula a una acción cuya pretensión deviene en el cobro de prestaciones sociales, el cual se tramita por el procedimiento establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual es de carácter eminentemente contencioso y que se encuentra en fase de sustanciación a los efectos de dar inicio a la Audiencia Preliminar y lo que la representación judicial de la parte Demandada pretende, es la acumulación de la presente causa con una Oferta Real de Pago, .....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
N° Expediente :
AP51-S-2009-017192
N° Sentencia :
PJ0022009001746
Fecha: 21/10/2009
Procedimiento: Autorizacion Para Tramitar Pasaporte.
Partes: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, SE OMITEN TODOS AQUELLOS DATOS O INFORMACIONES QUE DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA IDENTIFIQUEN A LOS NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES
Resumen:
Se procedió a la corrección del error material delatado, por consiguiente donde dice: "De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes", debe leerse lo siguiente: " De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes, igualmente donde dice: "22.023.21", debe leerse lo siguiente: "22.023.211", en consecuencia, téngase la presente resolución como parte integrante de la sentencia proferida en fecha 15 de octubre de 2009.
Juez/Ponente:
Rosa Yajaira Caraballo Abreu
Organo:
Sala Segundo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente