Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por NULIDAD DE CONTRATO intentada por la empresa "COMBO RECORD’S, C.A.", contra el ciudadano LUIS FELIPE SILVA PÉREZ y la empresa "DISTRIBUIDORA SONOGRÁFICA, C.A.", todos ut supra identificados.
SEGUNDO: CON LUGAR la RESOLUCIÓN DE CONTRATO celebrado en fecha quince (15) de mayo de mil novecientos noventa y dos (1992), entre la empresa "COMBO RECORD’S, C.A." y el ciudadano LUIS FELIPE SILVA PÉREZ.
TERCERO: SIN LUGAR la RECONVENCIÓN referente al resarcimiento de daños morales, intentada por la empresa "DISTRIBUIDORA SONOGRÁFICA, C.A." y LUIS FELIPE SILVA PÉREZ, contra "COMBO RECORD’S C.A.", todos .....