Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: NINFA JOHANNA RIVERO RIVERO y ALBERTO PESTANA PESTANA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.304.616 y 16.705.813, respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 11 de octubre de 2012, por ante el Registro Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 901, Tomo 04, Folio 151, asentada en el Libro de Matrimonios correspondiente al año 2012.