Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados por las abogadas Isabel Camperos, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 193.015, actuando en su carácter de apoderada judicial del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, (parte querellada), y Armanda Olga De Abreu, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 129.991, actuando en su carácter de apoderada judicial de PATSY COROMOTO SIFONTES MEDINA, titular de la cédula de identidad número V- 8.462.088, (parte querellante); así como el escrito de oposición de prueba promovido por la abogada Isabel Camperos, antes identificada, actuando en su carácter de apoderada judicial del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, (parte querellada), en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por PATSY COROMOTO SIFONTES MEDINA, antes identificada, asistida por el abogado Fernando José Marín Mosquera, inscrito en el Instituto de Previsión Soc.....