DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal vigésimo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda librar ORDEN JUDICIAL DE APREHENSIÓN en contra de los ciudadanos GUILLEN MENDOZA ERICK YOSTON y RUEDA AMAYA JUAN DE JESUS , titulares de las cedulas de identidad Nº V- 17.080.400 y 6.901.639 respectivamente, para que una vez aprehendido los mencionados ciudadanos, sean puestos inmediatamente a la orden de este Juzgado y notificada la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, se lleve a cabo la celebración de la correspondiente audiencia oral para oír al imputado, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión, líbrese orden judicial de aprehensión a nombre de los ciudadanos GUILLEN.....