En razón a todos las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación especial con efecto suspensivo, ejercido por el DR. Dr. JOHAN ELJURIS,, en su condición de Fiscal Centésimo Noveno (109°) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 29 de marzo de 2012, conforme a la cual DECRETÓ LA NULIDAD de la aprehensión del ciudadano imputado MANUEL ENRIQUE ARIAS BRICEÑO, y ordenó su libertad bajo la restricción de las medidas de protección previstas en el artículo 87 numerales 1, 5 y.....