DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada los ciudadanos, Robinson José García Figueroa y Roseny Caridad Tovar Guerrero, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.965.112 y V-23.610.795 respectivamente, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vinculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha día 13 de diciembre de 2012, por ante la Registrado Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 101, folio 106 del año 2016, cursante a los folios 03, de la presente solicitud.
Notifíquese al ciudadano Registrador Civil de la Parroqui.....