Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: DECAIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de julio de 2014, por el abogado Guillermo Trujillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.554, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado el 14 de julio del 2014, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Me.....