Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto por el abogado MARCOS COLAN PARRAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.039, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano DOUGLAS ALBERTO RODRIGUEZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.868.381, contra del auto de fecha 11 de junio de 2010, dictado por el Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Remítase mediante oficios copias de la presente decisión al juzgado A-quo.
Publíquese, regístrese, déjese copia, y una vez cumplidas con las presentes formalidades remítase el presente expediente el Juzgado Décimo Primero de Munic.....