Con fundamento en las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO, interpuesta por el ciudadano FRANCISCO MORADIELLOS GONZALO, contra el ciudadano ODACIR TADEO INGNARES BRAVO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.138.070. En consecuencia, se condena al demandado a lo siguiente:
PRIMERO: Desalojar y entregar a la parte actora el siguiente bien inmueble: apartamento Nº 8-3, situado en el octavo piso del Edificio Residencias Maracaibo, ubicado entre El Viento y El Cristo, calle Este 12, jurisdicción de la Parroquia Santa Rosalía, Caracas, Municipio Libertador, Distrito Capital, desocupado de bienes y personas.
SEGUNDO: A pagar a la parte actora, la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 5.250,00), equivalentes a las mensua.....