Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente providencia:
PRIMERO: Se admiten las pruebas documentales, promovidas por los apoderados judiciales de los recusantes LUIS ENRIQUE NÚÑEZ VILLANUEVA y MARÍA LUPI VIELMA, alusivas al juicio que por Cobro de Bolívares sigue en contra SALÓN DE DIVERSIONES PREMIER, C.A.; y el GRUPO DE SOCIEDADES PREMIER, constituido por: SALÓN DE DIVERSIONES PREMIER, C.A., CENTRO HÍPICO PREMIER CHAMPION, C.A., CENTRO PREMIER SPORT BOOK, C.A., BINGO EMPERADOR C.A., PREMIER CONSTRUCCIONES, C.A., PROCESADORA CARVEN, C.A., ALIMENTOS PROCARVENCA, C.A., COMERCIALIZADORA VEHTRACTORES C.A., CANTERA INVESTMENT CORP. S.A., INVERSIONES 8006, C.A., INVERSIONES 8.800 C.A., INVERSIONES EL SAMAN DEL ROSAL C.A., INVERSIONES LA BARINE.....