Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE LA AMPLIACIÓN de la sentencia dictada el 26 de octubre de 2015, por este Órgano Jurisdiccional, solicitada por el abogado Daniel Buvat De La Rosa, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Andrés Márquez (recusante), en el juicio que por Nulidad de Asamblea sigue el ciudadano Andrés Márquez, en contra de los ciudadanos José Izaguirre y Pedro Rojas Obregón.
Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho de este Juzgado Superior Tercero, en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de octubre de dos.....