Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por la ciudadana BETSABE LOZANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de las cédula de identidad Nro 6.301.052, por cobro de prestaciones sociales contra MARIA FERNANDA ARAUJO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de las cédula de identidad Nro 6.287.483, condenándose a la parte demandada, a pagar a la actora la cantidades derivadas de los conceptos especificados en la motiva del presente fallo, mas lo que resulte de la experticia complementaria ordenadas en este fallo. SEGUNDO: Se ordena realizar experticia complementaria del fallo conforme a los parámetros señalados en la parte motiva del fallo. TERCERO.....