Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, por la perdida del interés procesal, en la demanda que ENTREGA MATERIAL es seguido por la ciudadana LAURIS KENELMA ZAPATA CATILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.985, y titular de la cedula de identidad Nro. V-11.442.579, actuando en su propio nombre y en representación de sus propios intereses. Asimismo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por la especial naturaleza del presente fallo.