DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada los ciudadanos, Mileyda del Valle Gonzalez Rodríguez y Orlando Antonio Texeira Rodrígues, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.740.959 y V-11.715.661, respectivamente, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vinculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha día 06 de junio de 2014, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia de Acta de Matrimonio distinguida con el Nº 38, del libro de Registro llevados por esa oficina y la cual cursa al folio 06 de la presente solicitud.
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