Se dictó resolución mediante la cual se DECLARO CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos LUIS ALBERTO GAMARRA y ANA VICTORIA HERNANDEZ GOMEZ, quienes contrajeron matrimonio civil el día 01 de febrero de 1989, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao, Distrito Sucre, del Estado Miranda, según acta Nº 20, folio Nro 20, tomo Nro. 01, del año 1989. En consecuencia, se DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos.