En consecuencia, se revoca la medida de embargo decretada por este Tribunal en fecha 25/11/2010, y en su defecto, se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 585,en concordancia con el articulo 588 ordinal 3ro del Código de Procedimiento Civil, sobre el inmueble que se identifica a continuación: Un Apartamento tipo 2-D, distinguido con el N° 13-H, ubicado en el Edificio 1, Nivel 23, Módulo C, de las Residencias "La Hacienda",situado éste con frente a la Plaza Tamanaco, en la intersección de la Avenida Principal de las Mercedes y la Calle Veracruz de la misma urbanización, Jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre (hoy Municipio Sucre) del Estado Miranda. El apartamento tiene una superficie aproximada de NOVENTA METROS CUADRADOS CON DIEZ DECIMETROS CUADRADOS (90,10 mts2), y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Apartamento 13-I, tipo 2-D, nivel 23, módulo "D"; SUR: Apartamento 13-G, t.....